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Iglesia aprobó la ordenanza de Ficha Limpia para el acceso a cargos públicos municipales

El Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza N.º 2125, impulsada por la concejal Claudia Cabral, del bloque Somos Integración. La iniciativa establece requisitos de integridad y controles de antecedentes para acceder a cargos políticos y jerárquicos de la Municipalidad. La normativa aguarda su promulgación por parte del Ejecutivo municipal para avanzar hacia su implementación.

Leonardo Rosales
Por Leonardo RosalesDirector General de Redacción
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Iglesia aprobó la ordenanza de Ficha Limpia para el acceso a cargos públicos municipales

Iglesia aprobó la ordenanza de Ficha Limpia para el acceso a cargos públicos municipales

1 Nov, 2026 03:15 p. m. AR
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El departamento de Iglesia dio un paso hacia la incorporación de nuevos mecanismos de control para el acceso a determinados cargos de la función pública municipal. El Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza N.º 2125, que establece la denominada Ficha de Integridad y Responsabilidad para el Acceso a la Función Pública Municipal, conocida como Ficha Limpia. La iniciativa busca establecer requisitos y verificaciones previas para quienes sean designados en puestos de responsabilidad dentro de la estructura municipal.


El proyecto fue presentado por la concejal Claudia Cabral, integrante del bloque Somos Integración, y recibió aprobación durante la novena sesión ordinaria del cuerpo legislativo, realizada el 15 de octubre de 2026. De acuerdo con la información publicada por Eco del Viento, la ordenanza se encuentra a la espera de la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal, un paso necesario para avanzar con su aplicación.

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La normativa establece un mecanismo de verificación de antecedentes y condiciones legales para quienes ocupen cargos políticos y jerárquicos, entre ellos secretarios, subsecretarios, directores, coordinadores y otras autoridades superiores comprendidas en sus disposiciones. El propósito es que, antes de formalizar una designación, se compruebe si la persona reúne los requisitos exigidos y si existen impedimentos legales que puedan afectar el ejercicio de sus funciones.


Entre la documentación contemplada se encuentran los certificados de antecedentes penales, las constancias vinculadas con el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y las declaraciones juradas relacionadas con posibles incompatibilidades, inhabilidades y condenas. De esta manera, la ordenanza busca incorporar controles administrativos previos que permitan verificar la situación de los futuros funcionarios y establecer condiciones de acceso a los cargos alcanzados por la norma.


La disposición también contempla restricciones para determinadas designaciones cuando existan condenas firmes u otras situaciones previstas expresamente en su articulado. Entre los aspectos considerados se encuentran los incumplimientos de obligaciones alimentarias y determinados delitos que pueden generar impedimentos para ejercer responsabilidades públicas. La aplicación de estas restricciones deberá ajustarse a las condiciones establecidas en la ordenanza y al marco legal correspondiente.


En relación con las denuncias por violencia familiar o de género, la normativa distingue entre una denuncia y una condena firme. Esto significa que la existencia de una denuncia, por sí sola, no debe interpretarse automáticamente como una condena ni como una inhabilitación, sino que deben considerarse las circunstancias y las consecuencias jurídicas que correspondan conforme a la legislación vigente.


Otro de los aspectos contemplados es la confidencialidad de la información presentada por los funcionarios. La documentación reunida mediante las fichas deberá recibir un tratamiento reservado, con el objetivo de proteger los datos personales y evitar su utilización con fines partidarios, electorales o discriminatorios.


La ordenanza asigna al intendente municipal la responsabilidad de recibir, controlar, conservar y actualizar las fichas correspondientes a los funcionarios alcanzados. Además, establece obligaciones de información al Concejo Deliberante sobre las novedades relacionadas con la aplicación del mecanismo, de acuerdo con los plazos previstos en la norma.


Uno de los puntos centrales de la disposición establece que las designaciones comprendidas en su alcance no podrán formalizarse sin que previamente se haya completado la ficha y presentado la documentación requerida. De esta manera, una vez implementado el sistema, el cumplimiento de estos requisitos pasará a formar parte del procedimiento administrativo previo para acceder a los cargos contemplados.


La iniciativa toma como referencia, entre otros antecedentes, la Ley Provincial 2412-N, que invita a los municipios sanjuaninos a dictar disposiciones de características similares. Con la aprobación de la Ordenanza N.º 2125, Iglesia avanza en la incorporación de una herramienta local orientada a establecer requisitos de integridad y controles de antecedentes para quienes asuman responsabilidades políticas y jerárquicas dentro de la administración municipal.


Sin embargo, la aprobación en el Concejo Deliberante no implica por sí sola que la normativa ya se encuentre en plena aplicación. El próximo paso será la promulgación por parte del Ejecutivo municipal y la puesta en marcha de los procedimientos administrativos necesarios para cumplir con sus disposiciones.


La implementación de la Ficha Limpia representará un nuevo mecanismo de control para las designaciones comprendidas en la ordenanza y pondrá el foco en los antecedentes, las incompatibilidades y las condiciones legales de quienes aspiren a ocupar cargos de responsabilidad pública en el departamento de Iglesia.

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